jueves, 9 de diciembre de 2010

La legislación universal sobre Bioética de la UNESCO


Enrique Galván-Duque Tamborrel

octubre / 2005



Aunque la Conferencia General de la UNESCO está estudiando un proyecto de Declaración con normas universales sobre la Bioética que se basa en el respeto de la dignidad y los derechos fundamentales del ser humano, parece que será insuficiente, ya que el texto va a eludir los puntos más conflictivos como son la eutanasia, la clonación y la dignidad del embrión humano.

La Conferencia General de la UNESCO empezó a estudiar el 9 de octubre de 2005 en comisión un proyecto de Declaración con normas universales sobre la Bioética que enuncia una serie de principios generales de fácil consenso y elude los puntos más conflictivos en esa área, como la eutanasia, la clonación o la defensa de la vida desde el momento de la concepción.

La anterior Conferencia, hace dos años, propuso la adopción de una Declaración sobre la Bioética, cuya elaboración comenzó en enero de 2004 y ha dado lugar a numerosas reuniones, opiniones de expertos y varios borradores. El que recién llegó a la comisión como paso previo a su aprobación por el plenario dentro de unos días es un texto del que están ausentes menciones explícitas a algunos puntos que causan fuertes discrepancias en la comunidad internacional y que son fundamentales para una defensa de la vida desde su primer estadio (el embrión) hasta la muerte natural.

El director general de la UNESCO, el japonés Koichiro Matsuura, ha justificado esa ausencia de temas controvertidos con el argumento de que era preferible que el texto gozara del respaldo de los 191 integrantes de esta agencia de las Naciones Unidas especializada en la educación, la ciencia y la cultura.

La declaración es un llamamiento a los Estados miembros a que actúen de modo que cualquier actuación o política en favor de la medicina o la investigación respete la dignidad y los derechos fundamentales del ser humano y parte de la premisa de que la rápida evolución de la ciencia y la tecnología afecta cada vez más a la vida y a la ética y que ello requiere una toma de posición.

La Declaración ha de ser compatible con las legislaciones nacionales, lo que ya de por sí limita su alcance, dada la diversidad de puntos de vista que existe en la comunidad internacional acerca de la bioética.

Reconoce que gracias a la libertad de ciencia y de investigación puede haber grandes beneficios para la especie humana, con una mejora de la calidad y de la esperanza de vida, pero apunta que la salud no sólo depende de la medicina, sino también de factores sociales y culturales. Por eso pide a la comunidad científica que incorpore una reflexión ética a su actividad y que presten especial atención a la situación de la mujer.

Entre los principios que enuncia, el documento señala que "los intereses y el bienestar de la persona deben tener prioridad respecto al interés exclusivo de la ciencia o la sociedad" y hace hincapié en que "se respetará la autonomía de la persona a la hora de tomar decisiones". De este modo "toda intervención médica preventiva, diagnóstica y terapéutica sólo podrá llevarse a cabo previo consentimiento libre e informado de la persona interesada, basado en la información adecuada".

A la persona se le reconoce la facultad de consentimiento a una operación o intervención de la que sea protagonista, así como también la de revocación del permiso. Esta cláusula de salvaguardia ha de ir acompañada del respeto a "la privacidad de las personas interesadas y la confidencialidad de la información que les atañe", según el borrador.

También llama la atención a los Estados para que adopten las medidas adecuadas para "luchar contra el bio-terrorismo y contra el tráfico ilegal de órganos, tejidos, muestras, los recursos genéticos y los materiales relacionados con la genética".


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