miércoles, 15 de diciembre de 2010

El “Sospechosismo”


Enrique Galván-Duque Tamborrel
enero / 2005

 

"El ornamento de lo bello es la sospecha,
cuervo que se cierno en el aire más puro de los cielos".
Shakespeare

 

En nuestro muy amado país suceden a menudo cosas incongruentes, una de ellas es la exagerada manipulación y mercantilización de la notician por parte de los medios masivos de información.  Hace un par de años todos los comunicadores se desgarraban la camiseta para sobar y sobar el odiosamente llamado PEMEX-Gate  --podría habérsele bautizado con un castizo PEMEX-Fraude o Timo a PEMEX, pero prefirieron, para variar, copiarle a los gringos--, después de un tiempo se olvidó y como si nada hubiera pasado, cuando menos para los medios, lo que denota que sólo les interesa el escándalo y lo que produce ($) este, los actores del delito, pues, como ya no produce la noticia, que les vaya bien.

Bueno pues, en esa tesitura ¿qué ha pasado con Carlos Romero Deschamps?, cometió delito o no, ¡Ah! dicen los medios: pues quien sabe.  Pero su juicio continúa, y ¿qué ha pasado con ello?

Hace unos días el diputado Francisco Barrio Terrazas, coordinador del Grupo Parlamentario de Acción Nacional en la Cámara de Diputados, denunció que la titular del Juzgado XIII del Reclusorio Sur, Silvia Estrever Escamilla, está actuando con parcialidad en el proceso penal que se le sigue a Romero Deschamps, líder del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana (STPRM), por el delito de peculado electoral para promocionar al entonces candidato del PRI a la Presidencia de la República, Francisco Labastida Ochoa.

En conferencia de prensa, el diputado Barrio dijo además que dicho proceso presenta una serie de anomalías por lo "nos preocupa como está manejándose ese expediente y, dada la relevancia que este asunto llegó a tener en su momento es la opinión pública hemos querido hacerlo del conocimiento de ustedes".  Y que ha pasado, nada, los medios sospechosamente callan, no cabe duda de que el PRI y sus operadores "mapachones" pesan, y pesan mucho.

Cabe recordar que cuando el diputado Francisco Barrio era secretario de la entonces Contraloría y Desarrollo Administrativo (SECODAM), ahora de la Función Pública (SFP), y como resultado de una auditoria practicada a Petróleos Mexicanos, la SECODAM denunció el uso inadecuado de recursos otorgados al sindicato mencionado por alrededor de un mil 500 millones de pesos, aplicados en cláusulas no autorizadas.

La SECODAM denunció tales irregularidades ante la Procuraduría General de la República (PGR) en 10 de diciembre de 2001 y la amplió el 26 de febrero de 2002.  La denuncia fue dirigida al entonces director de PEMEX, Rogelio Montemayor y a los responsables de corporativos de finanzas.  La investigación derivó en el STPRM.

La SECODAM hizo la denuncia, pero no está facultada para hacer calificaciones de orden jurídico.  La denuncia sólo presenta hechos que parecen irregulares.  Su entonces titular no tuvo mayor intervención en la denuncia y sólo recibía información general al respecto, y así se informó en ese entonces.  A partir de la denuncia corresponde a la PGR hacer las averiguaciones necesarias y conducentes, pero la jueza Entrever pretende ahora hacer comparecer al diputado Barrio a sabiendas de que él hizo la denuncia con fundamento en la auditoria efectuada en ese entonces.  Todo este actuar del juzgado, hace aparecer como que quieren tergiversar los hechos, con el fin de alargarlo y lo suficiente para finalmente echarle tierra y enterrar este asunto.

Barrio Terrazas informó que la juez Estrever Escamilla ordenó al legislador chihuahuense que se presentara como testigo el 28 de octubre de 2004 a las 10:00 horas para comparecer en el juzgado y le advirtió que de no hacerlo le impondría una multa por el equivalente a 30 días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal.

El legislador solicitó ante la juez, mediante un escrito fechado el 19 de octubre y con base en el artículo 245 del Código Federal de Procedimientos Penales, que recibiera su testimonio por escrito. La funcionaria resolvió que la documentación entregada sólo lo acreditaba como servidor público, es decir, que no ameritaba el tratamiento de alto funcionario, por lo que debía comparecer ante su presencia; de lo contrario se aplicaría la multa citada.
El 30 de noviembre de 2004, contra la determinación tomada por la juez Silvia Estrever, el juez Cuarto de Distrito "A" en Materia Penal en el Distrito Federal concedió al Coordinador Parlamentario la protección constitucional y ordenó a la juez que dictara otra sentencia en que proveyera al desahogo del testimonio del ex gobernador como alto funcionario.

El diputado Barrio Terrazas comentó que la funcionaria no aceptó que el cargo que actualmente desempeña lo califique como alto funcionario de la Federación ni que como tal le asista al legislador el derecho a rendir su testimonio por medio de oficio, a lo que expresó: "Tengo noticias de que con antelación otros funcionarios también citados como testigos obtuvieron la protección constitucional en contra de su negativa a declararlos de la manera señalada, por lo que tuve que proceder de igual forma para librarme de su orden de presentarme ante el Juzgado, lo que revela su predisposición en mi contra, pues si ya contaba con el antecedente debió acordar favorable mi solicitud al respecto".

Además de lo anterior, Barrio Terrazas argumentó que si bien el artículo 245 del ordenamiento citado le permite decidir entre recibir su declaración en su domicilio u oficina o por medio de un oficio –como él lo solicitó–, esa facultad no es de ejercicio caprichoso o arbitrario; sin embargo, la juez no fundó su negativa, sino que sólo se limitó a ordenar que la declaración la realice en su oficina a preguntas directas de la defensa.

Barrio Terrazas insistió entonces a la Juez que recibiera su testimonio por medio de oficio con calidad de testigo; sin embargo, la funcionaria mostró, una vez más, "un permanente y arbitrario rechazo a estas solicitudes". El legislador consideró que la Juez "actúa con parcialidad a favor del procesado, al lado de la dudosa legalidad de su contenido, sin cerciorarse de la veracidad de los hechos en que se apoyan, ni ponderar si efectivamente justifican otorgarle los beneficios que le planteó".  La funcionaria fijó como fecha para el desahogo de la declaración el próximo 9 de febrero a las 11:000 horas en la oficina del líder de la bancada panista en el Palacio Legislativo de San Lázaro.

Al respecto, el legislador por Chihuahua comentó que la juez "no toma en cuenta que carezco de facultades para disponer del edificio que ocupa el Congreso de la Unión en el que se encuentra mi oficina y que conforme a lo dispuesto por los artículos 12 y 13 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los recintos del Congreso y de sus Cámaras son inviolables y que toda fuerza pública está impedida de tener acceso a los mismos, salvo con permiso del Presidente del Congreso y que ninguna autoridad podrá ejecutar mandatos judiciales sobre las personas de los diputados en los recintos del Congreso".

Aunado a lo anterior, la juez mandató que se notifique al Agente del Ministerio Público de la Federación de su adscripción que de requerir el apoyo de elementos de la Agencia Federal de Investigación para que custodien los expedientes que integran la causa, lo hará de su conocimiento para que los proporcione, "perdiendo de vista que tales elementos no pueden penetrar a los recintos del Congreso y que el Agente Ministerial adscrito tampoco tiene mando sobre los integrantes de la mencionada Agencia Federal de Investigación, pero, sobre todo, que no puede obligarme a que en ejecución de sus acuerdos responda en mi oficina del Congreso de la Unión a las preguntas que me formule la defensa, porque indiscutiblemente estaría ejecutando un mandato judicial sobre mi persona, contra la letra de la ley".  Barrio Terrazas explicó que otorgar la declaración por medio de oficio eliminaría tales obstáculos, por lo que se convierte en la forma más conveniente de hacerlo.

Otra irregularidad cometida por la juez, agregó Francisco Barrio, es que requiere al procesado para que comparezca a la referida diligencia y advierte que en caso de no hacerlo o de no informar oportunamente el impedimento legal o materia que tuviera para ello, se revocará la libertad provisional bajo caución de que disfruta y se ordenará su reaprehensión. Sobre esto, Barrio Terrazas afirmó que "aun cuando no me agravia, no deja de ser ilegal su decisión de requerir al procesado y defensores para que acudan a la actuación, cuando asistir o no a las diligencias de prueba, conforme al artículo 246 del Código Federal de Procedimientos Penales constituye un derecho de las partes, sin que les pueda constreñir a que lo hagan y menos con apercibimiento de revocar al procesado su libertad provisional bajo caución, porque dejar de presentarse a la actuación no constituye una causa de revocación del citado benéfico, de acuerdo con el numeral 412 del citado ordenamiento procesal".

Por lo que toca a los defensores, agregó, en todo caso sólo puede exigir la comparecencia de quien lleva la voz de la defensa, no de todos los que intervengan en el proceso.  Además de esto, señaló que la forma en que la diligencia fue ordenada "pone en riesgo la seguridad y confidencialidad del expediente, ya que pretende extraerlo del local del juzgado y exponerlo a su extravío o destrucción".

Barrio Terrazas denunció que la juez autorizó al procesado con su solo dicho, avalado por el de sus compañeros integrantes del Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana, que se ausente del Distrito Federal para asistir a reuniones de trabajo relacionadas con revisiones contractuales y para que firme el libro de registro de procesados cada 15 días.  La juez, concluyó, no investigó si efectivamente se llevarían a cabo tales reuniones y si la presencia del procesado era indispensable, además de que le permitió que se presente a firmar en el libro de registro de procesados cada 15 días "dos veces al mes con intervalos de 15 días", sin señalarle día fijo para hacerlo, como lo exige el artículo 411 del citado Código Adjetivo.

Recordemos que Francisco Barrio, siendo titular de la SECODAM, declaró que iba tras los "peces gordos", ¿qué habrá habido, en relación con esto, para que dejara el cargo?, y de que sirvieron las denuncias si los presuntos "peces gordos" siguen protegidos.

En todo este embrolló, y después de tanto escándalo original, los medios callan.  Ahora que estamos –según Santiago Creel—en la época del "Sospechosismo", haga usted sus elucubraciones, toda sospecha tiene cabida, nada más no vayan a pensar, por favor, que el PRI tiene ingerencia en esto.  Ahí se las dejo.

 

"La sospecha es entre los pensamientos lo que entre las aves el murciélago, y lo mismo que éste, no vuela nada más que en la oscuridad" (Bacon)





 

 

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